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La pasada semana, el PP retiró la regulación de las medidas de seguridad para expresos que recogía el proyecto de ley de reforma del Código Penal mediante las cuales se prorrogaba indefinidamente el tiempo de internamiento de personas con trastorno mental, atendiendo a una supuesta peligrosidad de las mismas al finalizar la condena.

Esta decisión fue tomada tras tener en cuenta las opiniones de expertos, colectivos y grupos parlamentarios que intervinieron en las distintas reuniones celebradas a lo largo de los últimos meses. Ante la imposibilidad de acordar un texto en una materia de interés social, se optó por sacar de la reforma la polémica figura de las medidas de seguridad.

Las medidas de seguridad posteriores al cumplimiento de la condena planteaban prorrogar indefinidamente el tiempo de internamiento de personas con trastorno mental en un centro psiquiátrico o, incluso, en un centro penitenciario atendiendo a su supuesta peligrosidad.

FEAFES consideraba que estas medidas atentaban frontalmente contra los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental, privándolas de libertad por la mera suposición de un delito que pudiera cometer en el futuro debido a su diagnóstico, algo contrario a las normas de derechos humanos. Así fue como se alzaron numerosas protestas por parte del movimiento asociativo solicitando la eliminación o modificación de estas medidas, objetivo que vemos alcanzado tras esta determinación.

La oposición, asociaciones de pacientes y diversos agentes vinculados a la salud mental celebramos, por tanto, que se haya renunciado a este apartado del texto. Esta decisión se adoptó durante la sexta y última reunión de la ponencia del Código Penal, cuyo debate ante la Comisión de Justicia está fijado para los próximos días 15 y 16 de enero, con la intención de llevar el texto al pleno que se celebrará previsiblemente el día 22.

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